¿Has decidido renunciar a tu trabajo y te preguntas si, como trabajador por Recibos por Honorarios, te corresponde recibir los beneficios laborales? Esta es una duda muy común, especialmente en contextos como el de Richard, quien ha estado trabajando por más de seis años en una empresa a través de este esquema.
Entendiendo los Recibos por Honorarios
El Recibo por Honorarios es un tipo de comprobante de pago emitido por personas que generan ingresos de la cuarta categoría, es decir, aquellos que prestan servicios sin relación de dependencia. Es importante entender que estos ingresos no crean un vínculo laboral, lo que implica que no generan beneficios laborales.
La Realidad de los Trabajos por Recibos por Honorarios
Desafortunadamente, en su afán por minimizar costos, muchas empresas contratan trabajadores a través de Recibos por Honorarios, celebrando contratos de locación de servicios. Sin embargo, por muy formal que parezca el contrato, el principio de «Primacía de la Realidad» puede prevalecer.
Consideremos a Richard: emite sus recibos por honorarios mensualmente, le pagan a través de depósitos bancarios, usa uniforme y fotocheck de la empresa, y le pagan su Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR). En este contexto, ¿existe realmente alguna forma de negar el vínculo laboral de Richard, a pesar del contrato de locación de servicios?
El Principio de Primacía de la Realidad
Este principio es clave en el derecho laboral. Establece que en caso de discrepancia entre lo que está documentado y la realidad práctica, se debe dar preferencia a lo que realmente sucede en el terreno de los hechos (STC N° 1944-2002-AA/TC). Así, si un trabajador cumple los tres elementos esenciales de un contrato de trabajo (prestación de servicios, subordinación y remuneración), se considerará un vínculo laboral, independientemente de si el trabajador emite Recibos por Honorarios o ha firmado un contrato de locación de servicios. En consecuencia, a este trabajador le corresponderán los beneficios laborales.
Pasos a Seguir para el Trabajador
Si te encuentras en una situación similar a la de Richard, lo primero que debes hacer es recolectar pruebas que demuestren que cumples con los tres elementos esenciales de un contrato de trabajo. Entre los posibles documentos y pruebas a recopilar se encuentran:
- Copias de correos corporativos, especialmente los enviados a superiores.
- Fotocheck de la empresa.
- Copias de los registros de asistencia.
- Vouchers de pagos, recibos de caja o comprobantes de pago de la remuneración mensual.
- Memorandos de notificación por faltas cometidas.
- Fotografías con compañeros de trabajo, jefes directos y la gerencia.
- Cualquier documento que te vincule con la empresa.
Una vez que hayas recopilado estas pruebas, el siguiente paso será acudir a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) para presentar una denuncia. En caso de no llegar a una resolución, el caso puede llevarse al Poder Judicial.
¿Cómo puede Protegerse la Empresa?
Es importante que las empresas comprendan los riesgos asociados con la contratación de trabajadores mediante contratos de locación de servicios. A largo plazo, esta estrategia puede resultar en contingencias costosas y perjudiciales. Existen otras formas más seguras de reducir los costos laborales sin poner en peligro la integridad de la empresa.
Recordemos que un locador de servicios no está sujeto a horarios y su servicio se considera eventual y no permanente.
En Resumen
Independientemente de si trabajas bajo el esquema de Recibos por Honorarios, si cumples con los tres elementos esenciales de un contrato de trabajo, te corresponderán los beneficios laborales. Sin embargo, el camino para obtener estos beneficios puede ser largo y requerir de pruebas sustanciales.
Te recomiendo revisar las siguientes resoluciones sobre el principio de la primacía de la realidad para más detalles:
- EXP. N° 1944-2002-AA/TC
- STC N° 1944-2002-AA/TC
- EXP. N° 04691-2006-PA/TC
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