El Impuesto General a las Ventas – IGV, puede representar una carga considerable para las micro y pequeñas empresas (Mypes) en Perú. Afortunadamente, existe un beneficio tributario conocido como el IGV Justo que puede facilitar el manejo de este impuesto para las Mypes. ¿Pero qué es exactamente el IGV Justo y cómo funciona? Vamos a explorarlo en detalle.
¿Qué es el IGV Justo ?
El IGV Justo es un beneficio tributario establecido por el Decreto Supremo N° 026-2017-EF, que fue publicado en el Diario Oficial El Peruano el 16 de febrero de 2017, que aprueba normas reglamentarias de la Ley N° 30524 que establece la prórroga del pago del Impuesto General a las Ventas para la Micro y Pequeña Empresa.
Este beneficio permite a las Micro y Pequeñas Empresas (Mypes) con ventas anuales que no superen las 1,700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) aplazar el pago del Impuesto General a las Ventas (IGV) de un periodo tributario por hasta 3 meses. Esta prórroga proporciona a las empresas una mayor flexibilidad financiera y facilita su operatividad. El reglamento fue complementado con el Decreto Supremo N° 029-2017-EF.
¿Por qué se llama “Justo”?
El término «Justo» proviene de una injusticia previa donde las empresas debían pagar el IGV aunque hubiesen vendido al crédito y aún no hubiesen recibido el pago por la venta. El IGV Justo busca corregir esto, permitiendo que las empresas aplacen su pago de IGV hasta que hayan recibido el dinero de sus ventas.
¿Quiénes pueden acogerse al IGV Justo?
- Que vendan bienes, presten servicios y/o ejecuten contratos de construcción gravados con IGV.
- Micro y pequeñas empresas cuyas ventas anuales no sean superiores a 1,700 UIT (se toma como referencia la UIT vigente en el periodo anterior al de la opción de prórroga).
- Microempresas con ventas anuales hasta 150 UIT y en el caso de las Pequeñas empresas con Ventas anuales superiores a 150 UIT y hasta el monto máximo a 1,700 UIT.
¿Quiénes no pueden acogerse al IGV Justo?
Existen ciertas restricciones al acogerse a este beneficio. Las Mypes no podrán acogerse al IGV Justo si:
- Poseen deudas exigibles coactivamente mayores a 1 UIT.
- Tienen como titular a una persona natural o socios que hubieran sido condenados por delitos tributarios.
- Se encuentran en procesos concursales.
- No han declarado o pagado IGV y Renta de los últimos 12 periodos anteriores a la fecha de acogimiento a la prórroga del pago.
¿Cómo funciona la prórroga de pago de IGV Justo?
La prórroga del IGV Justo consiste en postergar la fecha de vencimiento del período original por 3 meses. Sin embargo, es crucial que las empresas cumplan con su obligación de pago en el tiempo acordado, de lo contrario, se acumularán intereses moratorios a partir del día siguiente de finalizado el plazo de prórroga.
Importante:
- Los intereses moratorios se aplican desde el día siguiente a la fecha de vencimiento del plazo prorrogado.
- La opción de gozar del beneficio sólo opera si es que se efectúa hasta la fecha de vencimiento para presentar la declaración mensual de impuestos de acuerdo con el Cronograma de Obligaciones Tributarias.
¿Cómo se realiza el trámite?
Para acogerse al IGV Justo, la MYPE debe verificar que cumple con las condiciones y no se encuentra en ninguna de las causales de exclusión. Tras esto, puede ejercer la opción de aplazar el pago del IGV al presentar su declaración mensual a través del Declara Fácil N° 621, marcando la opción “¿Deseo acogerme a la prórroga del pago – IGV JUSTO?». De esta manera, puede diferir dicho pago hasta el vencimiento del tercer periodo tributario siguiente.
Recuerda, sólo puedes ejercer la opción de prórroga hasta la fecha de vencimiento del periodo tributario mensual que se está declarando, de acuerdo al cronograma de obligaciones tributarias mensuales. Si se declara luego del vencimiento, ya no será posible diferir o postergar el pago del IGV.
CASO PRÁCTICO DEL IGV JUSTO – PRÓRROGA DEL PAGO IGV
La empresa CONTAPEDIA S.A.C., con RUC: 20609411571, desea prorrogar el pago del IGV del periodo Mayo 2023.
PRIMERO: Declarar el periodo mayo 2023 dentro de la fecha de vencimiento. En dicha declaración mensual Formulario Virtual 621 – IGV Renta Mensual, la empresa en la casilla 189 en importe a pagar debe colocar el monto de cero y le aparecerá el siguiente texto: Acogimiento a la prorroga de Pago del IGV Justo y debe hacer click en “SI” para acogerse y luego seguir con su declaración.

SEGUNDO: El último día de pago será la fecha de vencimiento del periodo de Agosto 2023.

RECUERDA: Si la empresa no cumpliera con el pago se computará los intereses
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