En teoría, no hay un plazo límite estricto para la emisión de una nota de crédito y/o nota de débito.
- Tiempo para registrar una Nota de Crédito
Por ejemplo, se puede emitir una nota de crédito después de dos o tres años, algo que es común en el sector inmobiliario. Esto ocurre cuando se compra un departamento sobre plano y, tras la entrega física, el comprador no está satisfecho con lo recibido.
Esta circunstancia está contemplada en el numeral 13 del artículo 5 del reglamento del IGV, que dice:
13 DESCUENTOS. Los descuentos que se concedan u otorguen no forman parte de la base imponible, siempre que:
a) Se trate de prácticas usuales en el mercado o que respondan a determinadas circunstancias, tales como pago anticipado, monto, volumen u otros;
b) Se otorguen con carácter general en todos los casos en que ocurran iguales condiciones;
c) No constituyan retiro de bienes; y
d) Conste en el comprobante de pago o en la nota de crédito respectiva.
Límite de tiempo para expedir notas de crédito
Aunque hemos mencionado que no hay un límite para emitir una nota de crédito, con la llegada de las notas de crédito electrónicas se establecieron plazos para ciertas operaciones, y estos pueden variar dependiendo del sistema de emisión electrónica.
Por ejemplo, en caso de que se emitan notas de crédito por un error en el RUC o en la descripción, existe un plazo hasta el décimo quinto (15) día hábil del mes siguiente al de la emisión de la factura electrónica o boleta de venta electrónica que se quiere anular o corregir.
Esto significa que a pesar de no existir un límite general para emitir notas de crédito, la implementación de sistemas de emisión electrónica ha llevado a la creación de ciertos plazos específicos para ciertas operaciones. Por lo tanto, es importante estar al tanto de estos plazos y procedimientos para garantizar la precisión y la legalidad de todas las transacciones.
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