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¿Es viable presentar mi renuncia por correo electrónico o WhatsApp?

¿Es viable presentar mi renuncia por correo electrónico o WhatsApp?

Definitivamente, la renuncia laboral puede ser realizada a través de medios digitales como el correo electrónico o incluso WhatsApp, siempre que se cumplan ciertos criterios específicos.

Además, me gustaría argumentar que la renuncia por WhatsApp es una posibilidad real. Permíteme esclarecer mi perspectiva y las bases legales que respaldan este argumento, y al final puedes formar tus propias conclusiones.

La Renuncia del Trabajador

Primero, vamos a describir el proceso de renuncia por parte del empleado. Para hacer esto, debemos referirnos al artículo 18 del Decreto Supremo 003-97-TR, que menciona:

En caso de renuncia o retiro voluntario, el trabajador debe notificar por escrito con 30 días de anticipación. El empleador puede dispensar este plazo por iniciativa propia o a solicitud del trabajador; en este último caso, la solicitud se considerará aceptada si no se rechaza por escrito dentro de los tres días.

El artículo citado destaca cuatro aspectos fundamentales de la renuncia de un trabajador:

  • Deberá ser notificada por escrito por el trabajador la decisión de renunciar o retirarse voluntariamente.
  • La notificación debe hacerse con 30 días de anticipación.
  • El empleador puede dispensar este plazo por su propia iniciativa.
  • Si el empleador no responde a la solicitud de dispensa en un plazo de tres días hábiles, se considera aceptada.

Renunciar a través de Correo Electrónico

Analicemos el primer punto: la decisión de renunciar debe ser notificada por escrito por el trabajador.

¿Qué significa notificar por escrito?

Un ejemplo claro sería el uso de una carta de renuncia impresa. Pero, ¿un correo electrónico o un mensaje de WhatsApp puede ser considerado como una notificación escrita? Absolutamente.

Cualquier medio no verbal puede ser considerado. Por ejemplo: mensajes de texto, mensajes de Facebook, mensajes de Instagram, etc. Ahora, ¿existe algún tipo de formalidad necesaria para la renuncia? Por supuesto. El problema surge con la aparición de nuevas tecnologías día a día.

Para definir la formalidad en las nuevas tecnologías, revisemos el artículo 1374 del Código Civil:

«El conocimiento y contratación entre ausentes. La oferta, su revocación, la aceptación y cualquier otra declaración contractual dirigida a una persona específica se considera conocida en el momento en que llega a la dirección del destinatario, a menos que este pruebe haberse encontrado, sin su culpa, en la imposibilidad de conocerla. Si se realiza a través de medios electrónicos, ópticos u otro análogo, se presume la recepción de la declaración contractual, cuando el remitente recibe el acuse de recibo.»

El Código Civil señala que una renuncia realizada por medios electrónicos, ópticos u otros análogos (WhatsApp, Messenger, etc.) será efectiva cuando el remitente recibe el acuse de recibo por parte del receptor (empresa).

Por lo tanto, una renuncia laboral a través de medios electrónicos se acepta cuando el remitente recibe un acuse de recibo (mensaje de recepción) por parte del receptor.

Caso Práctico: Renuncia por WhatsApp

Imaginemos a Richard, quien trabaja como asistente contable y ha decidido renunciar debido a la sobrecarga de trabajo impuesta por su jefa, quien parece pasar la mayor parte del tiempo disfrutando de postres.

Richard escribe a su jefa por WhatsApp indicando que solo trabajará hasta el 15 de julio. Pocos minutos después, la jefa responde: «Mensaje recibido, lo tendré en cuenta para preparar su liquidación».

En este ejemplo, la carta de renuncia por WhatsApp es válida, ya que cumple con lo estipulado en el artículo 1374 del Código Civil:

«Se presume la recepción de la declaración contractual cuando el remitente recibe el acuse de recibo».

Conclusión

  1. Es válido renunciar por correo electrónico, WhatsApp u otro medio análogo, siempre y cuando el remitente reciba el acuse de recibo.
  2. La renuncia laboral no solo puede hacerse a través de medios tradicionales, como una carta de renuncia impresa, sino también a través de plataformas digitales modernas, siempre que se sigan los procedimientos adecuados y se cumplan ciertos criterios legales.

Por último, es importante recordar que, aunque las tecnologías digitales han facilitado muchos aspectos de nuestras vidas, también han introducido nuevos desafíos y consideraciones legales. Por lo tanto, siempre es una buena idea obtener asesoramiento profesional antes de tomar decisiones importantes relacionadas con los derechos laborales.

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