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¿Asegurar a la esposa y a la amante en el EsSalud es posible?

¿Es posible asegurar a la esposa y a la amante en el EsSalud?

La pregunta parece compleja, pero la respuesta es SÍ, se puede, aunque solo bajo ciertas circunstancias. Permíteme explicarlo en detalle.

Asegurando a la esposa y a la amante en el EsSalud

Un trabajador, titular del seguro de EsSalud, tiene el derecho de registrar a ciertos dependientes en su seguro de EsSalud.

Los dependientes principales usualmente incluyen:

  • Cónyuge (esposo/a)
  • Pareja de hecho (conviviente)
  • Hijos (menores y mayores con discapacidades)

No obstante, en este grupo parece faltar un posible dependiente: la amante.

  • ¿Posee la amante algún beneficio laboral o tributario?

¿Establece EsSalud que se pueden registrar a las amantes? Indirectamente sí, a través de la categoría: Gestante.

¿Qué se entiende por GESTANTE?

Este término, como dependiente, surgió debido a ciertos casos especiales que no habían sido contemplados previamente por la normativa, como por ejemplo:

  • Un hombre casado que embaraza a su amante.
  • Un hombre casado que embaraza a una menor de edad.
  • Un hombre que vive en pareja que embaraza a otra mujer.

¿Por qué EsSalud permite registrar a la amante en el seguro?

En realidad, no lo permite de manera permanente, sino más bien de forma temporal. Esto se debe a que el beneficio no lo posee directamente la compañera extraoficial, sino el feto o el futuro bebé que se encuentra en gestación.

Por ende, se puede concluir que la GESTANTE es un dependiente temporal que comienza con la concepción de un bebé y concluye en el parto.

Además, la amante tendrá derecho al Subsidio de Lactancia. En resumen, puedes registrar a la amante en el EsSalud, pero únicamente durante su embarazo.

Afiliación de gestante de un hijo extramatrimonial

Para llevar a cabo la afiliación de un hijo extramatrimonial, puedes seguir las indicaciones del siguiente enlace:

¿Cómo registro a la amante en EsSalud?

Aquí algunos puntos para recordar:

  • Debe estar embarazada.
  • Copia de Escritura Pública o del Testamento del asegurado titular que acredite reconocimiento del concebido o de la Sentencia de Declaratoria de Paternidad.
  • El Formulario N.º 1010.

En Resumen

Es posible registrar a la amante el EsSalud, pero únicamente durante el período de su embarazo.

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